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ORDEN MASÓNICA MIXTA INTERNACIONAL – LE DROIT HUMAIN

Masonería para hombres y mujeres

Varias Logias que trabajan bajo los principios de una sola constitución componen una «Obediencia» o agrupación masónica. Durante el siglo XIX, la extensión de los derechos, incluido el acceso de las mujeres a los derechos civiles, fue una lucha constante. El 14 de enero de 1882, la periodista, Maria Deraismes, se convirtió en la primera mujer en iniciarse en la masonería en una logia masculina. Pero será necesario esperar once años, hasta el 4 de abril de 1893, para que Maria DERAISMES y el doctor Georges MARTIN, masón y feminista, creen la primera Logia Masónica en París, un evento revolucionario en el mundo masónico de «No mujeres».

De esta Logia surgirá la Orden Masónica Internacional LE DROIT HUMAIN  en 1901, la cual afirma,  por primera vez en una Obediencia, la igualdad de hombre y mujer. Los otros grandes principios son: el internacionalismo, la continuidad iniciática del 1 ° al 33 ° grado según el Rito Escocés Antiguo y Aceptado o R.·. E.·. A.·. A.·. , así como la negativa de cualquier dogmatismo.

La OMMI LE DROIT HUMAIN reúne a sus miembros bajo un mismo techo en condiciones de igualdad, sin importar su grado masónico; agrupados en diferentes países por Federaciones, Jurisdicciones o Logias Pioneras, para favorecer el intercambio de información y la coordinación de las síntesis de sus trabajos.

Se rige por las leyes francesas de 1901 y los decretos del 12 de abril de 1939 y del primero de junio del mismo año. Sus estatutos fueron depositados en el Ministerio del Interior Francés el 22 de agosto de 1978, estando a la fecha vigentes. La sede en Francia es 5 rue Jules Breton, 75013 París.

Nuestra Organización tanto a nivel internacional como nacional busca el desarrollo y progreso de la sociedad orientados por los principios de Libertad, Justicia, Equidad, Tolerancia, para conseguir el ideal de una humanidad unida por lazos fraternales.

Proclamación del Derecho Humano (12 de julio de 1900)

Artículo 1º.-Los Seres humanos nacen y se desarrollan libres e iguales en derechos, las distinciones sociales no pueden estar fundamentadas más que sobre la utilidad social.

II.- El principio de toda organización política es la conservación de los derechos naturales e imprescriptibles de los seres humanos. Estos derechos son el derecho a una formación integral, el derecho al trabajo, a la libertad, a la propiedad, a la seguridad y a la resistencia a la opresión.

III.- El principio de toda soberanía reside esencialmente en el conjunto de la Nación, ningún cuerpo, ningún individuo podrá ejercer autoridad que  no emane expresamente del poder civil.

IV.- La Libertad consiste en poder llevar a  cabo todo aquello que no suponga un perjuicio para otro. De este modo el ejercicio de los derechos naturales de cada Ser humano no tendrá más limites que los que aseguren a otros miembros de la sociedad el disfrute de esos mismo derechos. Dichos límites no deben ser determinados más que por la ley.

V.- La ley no tiene el derecho de prohibir más que aquellas acciones perjudiciales para la sociedad. No se podrá prohibir aquello que no pueda ser defendido desde la ley, y nadie podrá ser obligado a hacer aquello que se oponga a ella.

La vida humana es inviolable

VI.- La ley es la expresión de la voluntad general. Todos los miembros de la Sociedad, mayores de veintiún años, tienen el derecho de contribuir personalmente o por medio de sus representantes a su formación. Será la misma para todos, tanto como protección como castigo. Todos los nacionales serán iguales a sus ojos, tendrán igualmente la posibilidad de acceder a cualquier cargo, plazas y empleos públicos , según su capacidad y sin otra distinción que la de su virtud y su talento.

VII.-Ningún ser humano podrá ser acusado, arrestado ni detenido más que en los supuestos previstos por la ley y según en ella se determine. Quienes soliciten, expedienten, lleven a cabo o hagan ejecutar actos arbitrarios, deben ser castigados; pero cualquiera que sea citado o procesado de acuerdo a la ley debe obedecer de inmediato: se volverá culpable en caso de resistencia.

VIII.- La ley no establecerá otras penas que las estricta y claramente necesarias . Nadie podrá ser castigado más que en virtud de una ley establecida publicada con anterioridad al delito y legalmente aplicada.

IX.- Todo acusado se presumirá inocente mientras que no haya sido declarado culpable, si se juzga indispensable su arresto, todo rigor que no sea necesario para garantizar  su presencia debe ser severamente reprimido por la ley.

X.- Nadie será perseguido por sus ideas  políticas, filosóficas o religiosas en tanto que su manifestación no perturbe el orden público.

XI.- La libertad de difusión del pensamiento y la opinión es una de los más preciados derechos del Ser humano, que puede hablar, escribir, imprimir con total libertad, excepto para responder del abuso de esta libertad en los casos determinados por la ley.

XII.- La garantía de los derechos de los miembros de la sociedad necesita de una fuerza pública; por tanto esta fuerza se instituye en beneficio de todos y no para ser utilizada de manera particular por aquellos a quienes se la confía.

El servicio militar será obligatorio para todos los hombres útiles, que deben estar prestos para la defensa de su país.

XIII.- Para el mantenimiento de la fuerza pública y para los gastos de administración, es indispensable establecer una contribución común; deberá ser repartida entre todos y en razón de las posibilidades de cada cual.

XIV.- Todos los miembros de la Sociedad tiene el derecho de determinar por si mismos o por sus representantes la necesidad de la contribución pública , de aprobarla libremente, de controlar su utilización, el importe, la base imponible, el cobro y la duración.

XV.- La Sociedad tiene el derecho de exigir cuentas a todo empleado público acerca de la administración encomendada.

XVI.- Toda Sociedad en la cual no se garanticen los derechos ni declarada la separación de poderes, carece de constitución.

XVII.- La propiedad individual es un derecho inviolable y sagrado, nadie podrá ser privado de ella, más que por necesidades públicas, legalmente constatadas, exigible evidentemente, y bajo la condición de una justa y previa indemnización.

Pero la propiedad debe asegurar la mayor parte de los recursos colectivos necesarios para el funcionamiento de los mecanismos sociales.

Hna:. Maria Martin
Gran Canciller – Gran Secretaria

LA OMMI LE DROIT HUMAIN EN EL MUNDO

FEDERACIONES

Países donde existen mínimo cinco logias azules o simbólicas, más de ciento veinte miembros, y mínimo un taller de altos grados.

FEDERACIONES PIONERAS

Países donde existe un mínimo de dos Talleres y treinta Maestros Masones activos

LOGIAS PIONERAS

38 logias simbólicas
4 Logias Pioneras de Perfección

Grandes Maestres, tenéis la palabra

Lo universal hacia el cual queremos tender es un ámbito infinito que nos supera, donde todo es posible, donde todo queda por ser descubierto. ¡La divisa del Rito “Ordo ab chao” y nuestro internacionalismo nos dejan entrever que aspirar a lo universal es una utopía accesible.

Aquellos principios, en nombre de los cuales nuestra Orden se ha construido, son cuatro: libertad, igualdad, fraternidad, laicidad, y son los cimientos de todo nuestro empeño.

Trabajamos todos, cada uno a nuestra manera, en esta gran cantera de la construcción del Templo de la Humanidad para que la luz del conocimiento, con la que todos queremos se iluminados, y la luz de la fraternidad, que queremos ser capaces un día de transmitir, brillen siempre con más fuerza.

Nuestra terminología, los símbolos del Templo de la Humanidad y del Progreso de la Humanidad, nos muestran claramente que nuestro objetivo no es egoísta, sino colectivo.

La Masonería ha elegido la vía del progreso contrariamente a dogmatismos que buscan instalar lo ilusorio en lugar de lo real, contraria a los que rechazan evolucionar por incomprensión o interés.

El símbolo no es la Masonería propiamente dicha. Al contrario, su uso es, podemos decir, consustancial a humanidad.

La francmasonería trabaja para la edificación de un vasto Templo abierto a todas las concepciones culturales, morales y espirituales, para que ellas ayuden al hombre a liberarse de sus dificultades, a elevarse, a progresar…

Sacad del todo que formamos la fuerza necesaria para ser vosotros mismos, y devolved después a todos la vida enriquecida que habéis recibido del conjunto.

El asesinato, el robo, la violación, el libertinaje, el hambre, la enfermedad, la miseria y la ruina son el cortejo habitual de las guerras.

Ser buenos, tolerantes, y fraternales ¿No es la bondad la cualidad primordial del Masón y no implica ella a todas las demás? Ser bueno exige ser tolerante. Ser bueno exige ser fraternal.

Vivimos todavía, digan lo que digan, bajo el imperio de la moral cristiana, de esa moral que la Iglesia, en el Syllabus, ha proclamado incompatible con la sociedad civil laica y libre.

“Gracias a nuestra organización, la mujer trabaja con su marido en nuestras columnas y todo secreto entre ellos se elimina”.

“Somos los obreros a quienes dieron la piedra, dieron las herramientas, expusieron los planos necesarios para la edificación del Templo”.

“¡A la Gloria de la Humanidad! Trabajemos por la Fraternidad entre todos los humanos, por la Paz, entre todos los pueblos de la Tierra, por el advenimiento de la justicia social, por la proclamación del DERECHO HUMANO”.

“En realidad, la mujer es una fuerza. Media humanidad, si ella se confunde con la otra por los caracteres y generales y comunes, se distingue por las aptitudes especiales de una potencia irresistible y que constituyen un aporte especial, esencial e indispensable en la evolución integral de la humanidad”.

No basta, en nuestra opinión, que la francmasonería se ocupe de la emancipación del hombre. Si quiere alcanzar los resultados que se propone tiene que trabajar simultáneamente por la emancipación de la mujer.

Conocer más sobre…

La Federación Colombiana

¿Cómo ser admitido(a)?

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